REGISTRO CENTRALIZADO DE ADOPTANTES


Brown N° 250 - Planta Alta - Resistencia (CHACO)

Teléfono 54 3722 453917

Correo electrónico: Piñero, Rosa Angélica



GUÍA DE INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA ADOPCIÓN



 

Requisitos para la inscripciÓn
en el Registro Centralizado de Adoptantes
de la Provincia del Chaco

Tener treinta (30) años de edad. Si tienen menos, deben tener más de tres (3) años de casados y si no los tienen, es necesario acreditar que se encuentran imposibilitados para procrear.

Documentación que se debe acompañar:

  • Acta de matrimonio si son casados (acreditar en caso de viudez o de divorcio).
  • Certificado de domicilio.
  • Certificado de conducta y antecedentes.
  • Certificado médico de buena salud (clínico).
  • Certificado de buena salud mental (psiquiatra).
  • Certificado médico sobre imposibilidad de procrear (no excluyente).
  • Informe psicológico sobre preparación emocional de la pareja para recibir un niño.
  • Informe socio-ambiental (por Asistente Social matriculado/a).
  • Acreditar ingresos con recibo de sueldo o con certificado de ingresos (en relación de dependencia) y si es independiente, con certificado de ingresos expedido por Contador Público y Consejo Profesional.
  • Foto, foto familiar de la pareja.

Se debe adjuntar toda la documentación en original o fotocopias certificadas por autoridad judicial o por Escribano Público (sin excepción) y obtenida para la inscripción que se solicita (no documentación ya presentada en otro registro o en otros Juzgados).

Ante cualquier duda, los interesados en inscribirse pueden comunicarse en forma personal o telefónica con la Asesoría de Menores en turno. Asimismo tienen que reunir los todos los requisitos y la documentación citada debe ser de fecha reciente (no haber transcurrido más de seis (6) meses de su expedición).

La presentación se realiza en forma personal el día que se señale, acompañando la documentación correspondiente, para lo cual previamente han de solicitar audiencia a la Asesoría (avisando el día que les sería posible viajar, si son de otra Provincia, para la fijación de la fecha). El día señalado se realizará la entrevista personal.

También con anterioridad a la audiencia, es conveniente que el/ los postulantes lean el código de tipificación (artículo 5º del Reglamento del Registro), el artículo 8º de dicha normativa, y los artículos 50 y 51 de la Ley 4369, que seguidamente en lo pertinente se transcriben:

  • Artículo 5º: "…Preferencia para la Adopción de acuerdo al siguiente Código de Tipificación:"
    • Recién Nacido.
    • Recién Nacido a un año y medio.
    • Recién nacido a tres años.
    • Recién nacido a más de tres años.
    • Sin problemas de Salud.
    • Sano o con problemas Leves de salud.
    • Sin objeciones respecto a la Salud.
    • Dos hermanos.
    • Tres o más hermanos.
    • Sexo.
  • Artículo 8°: "Las inscripciones tendrán validez por dos (2) años a contar de la fecha de inscripción determinada por el Registro, y serán dadas de baja automáticamente, si en el plazo de 30 días, anteriores a su vencimiento los interesados no solicitasen su renovación. En caso de que solicitaran su renovación en el término establecido, mantendrán el número de orden de inscripción originariamente asignado. Sin perjuicio de ello, los interesados que no hubieren peticionado la renovación en término, podrán solicitar reinscripción a través de un nuevo trámite, perdiendo el orden que ostentaban en la lista del registro."
  • Artículo 50°, Ley 4369: "La Asesora de Menores de Edad remitirá al Registro Centralizado de Adoptantes la constancia de la solicitud de inscripción en la cual únicamente figurarán los datos personales de los futuros adoptantes. Los inscriptos en el registro deberán informar a la Asesora de Menores de Edad y a la autoridad competente toda variación que se produzca en su situación personal y familiar en forma inmediata bajo pena de revocación de la inscripción. Las altas y bajas de solicitantes serán comunicadas por el Asesor de Menores de Edad al Registro Centralizado de Adoptantes."
  • Artículo 51º, Ley 4369: "La lista conformada por el registro implicará prioridad en el otorgamiento de las adopciones y solo podrá ser alterada en su orden para mantener al menor en su medio."

Si la Asesoría considera que están cumplidos todos los requisitos, eleva una nota al Superior Tribunal de Justicia con el informe respectivo y éste lo inscribe definitivamente en el Registro Centralizado de Adoptantes de la Provincia del Chaco. Los postulantes deben comunicar a la Asesoría interviniente los cambios de datos que hubieren consignado, enviando nota firmada. También para efectuar la ratificación de la inscripción que deben realizar treinta (30) días antes de su vencimiento (la inscripción caduca en forma automática a los dos (2) años, salvo su ratificación en la forma expuesta).


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Direcciones y números telefónicos

Resistencia

Asesorías de Menores de Edad: Avenida 9 de Julio N° 466/ 470.

  • N° 1: 03722- 433642
  • N° 2: 03722- 453879
  • N° 5: 03722- 453871
  • N° 6: 03722- 453872

Presidencia Roque Sáenz Peña

Asesoría del Menor de Edad y la Familia: Rivadavia N° 340.

Teléfono 03732- 429057.

Villa ángela

Asesoría del Menor de Edad y la Familia: Belgrano N° 78.

Teléfono 03735- 429015.

Charata

Asesoría del Menor de Edad y la Familia, Belgrano y Pasaje Independencia.

Teléfono 03731- 423069.

General San Martín

  • Defensoría Oficial N° 1: Uruguay N° 635.
    Teléfono 03725-420183.
  • Defensoría Oficial N° 2: Hipólito Irigoyen N° 265.
    Teléfono 3725- 422201.

Juan José Castelli

Defensoría Oficial N° 1 y N° 2: Avenida San Martín N° 260.

Teléfono N° 1: 03732- 472300.

Teléfono N° 2: 03732- 472303.

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Actualizado el : jueves, 17 de mayo de 2012