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RÉGIMEN
LEGAL DE LA MEDIACIÓN EN LA PROVINCIA DEL CHACO.
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Acuerdo
N: 2443 de fecha 10/05/95. |
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SEXTO:
Dra. MARIA LUISA LUCAS - Ministro del Superior Tribunal de Justicia-
Presidente de la Sala Primera Civil, Comercial y Laboral pone en
conocimiento las experiencias recogidas en el Seminario de Mediación,
dictado por Nova Southeastern University en Florida - U.S.A. ...El
Ministerio de Justicia de la Nación dictó la Resolución N: 121/95
declarando de interés el training de Mediadores dictado en Fort
Lauderdale, Florida por la Nova South Eastern University.... El Superior
Tribunal de Justicia en una actitud de avanzada, podría programar los
cursos de capacitación de mediadores juntamente con la Asociación de
Magistrados y Funcionarios Judiciales y los Colegios Profesionales del
medio...ACORDARON: Tomar conocimiento y disponer la programación de los
cursos en forma sugerida por la Sra. Ministro informante. Fdo.Dres.
EDUARDO OMAR MOLINA: Presidente, ALBERTO MARIO MODI, MARIA LUISA LUCAS,
AQUILES HERNAN SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA: Jueces; JORGE E.O. CANTEROS:
Procurador General; Escr. ENZO N. GALCERAN :Secretario de
Superintendencia". |
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Acuerdo
Extraordinario N: 2477 de fecha 28/12/95.- |
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CUARTO:
"...ACORDARON: Impulsar todo mecanismo alternativo de solución de
conflictos como la Mediación, como instrumentos válidos y modernos para
descongestionar a la labor de los tribunales, y herramientas de
restauración de una cultura armonizadora, pacificadora y coexistencial.
Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidente en Feria Judicial; EDUARDO O.
MOLINA, GUILLERMO E. MENDOZA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; Escr. HUGO
GRANDI: Secretario de Superintendencia". |
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Resolución de Presidencia N:
13 de fecha 11/ 01/96. |
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Se resuelve: I.- AVANZAR en la
Segunda Etapa de Capacitación con el Seminario taller de entrenamiento en
técnicas de Mediación ...II.-...III.-SELECCIONAR los mediadores para
practicar Pasantías y Comediación a fin de proceder a inscribirlos en el
respectivo registro de Mediadores en el Ministerio de Justicia de la
Nación...." Fdo.Dra. MARIA LUISA LUCAS: Presidente en Feria
Judicial; Dr. JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia".- |
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Acuerdo N: 2478 de fecha
07/02/96.- |
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CUADRAGESIMO
SEGUNDO: ...ACORDARON: "...18) ...En virtud de la resolución de
Presidencia N: 13/96 en la que se dispuso avanzar en la Segunda Etapa de
Capacitación con el Seminario de entrenamiento en técnicas de
Mediación, designar Coordinadora del Seminario de Capacitación de
Mediadores a la Sra. Presidenta de este Alto Cuerpo. Fdo. Dres. MARIA
LUISA LUCAS: Presidenta; EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO
E. MENDOZA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE E.O. CANTEROS: Procurador
General; JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia". |
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Resolución
N: 37 de fecha 15/02/96.- |
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Se
resuelve: I.- Disponer la Creación de una Comisión de Trabajo bajo la
Coordinación de la DRA. MARIA LUISA LUCAS - Presidenta del Superior
Tribunal de Justicia a fin de considerar la implementación más
conveniente del Procedimiento de Mediación - anexo al Poder Judicial de
la Provincia del Chaco...." Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta;
EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA, ALBERTO MARIO
MODI: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia". |
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Resolución
N: 237 de fecha 16/04/96. |
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Se
resuelve: "Establecer como Experiencia piloto al Juzgado Civil y
Comercial N: 1 y a la Defensoría Civil N: 8, ambos de esta ciudad para la
selección de los juicios o casos que se consideren mediables..."
Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta; EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H.
SOTELO, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de
Superintendencia". |
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Acuerdo
de Cooperación Académica. ( 15/05/96 ). |
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Entre
el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco y la Fundación
Libra donde convienen: |
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Art.
1.-)" El Superior Tribunal de Justicia pone a disposición de la
Fundación la infraestructura para la realización de cursos..." Art.
2.-) " Por su parte la Fundación Libra manifiesta que, en virtud del
Convenio celebrado oportunamente por el Ministerio de Justicia de esa
Fundación, los cursos de mediación por esta última gozan de
reconocimiento oficial...,por lo tanto, los certificados otorgados a los
Mediadores por la Fundación son homologados por ese Ministerio".
Art.3.-) " La Fundación Libra se compromete a suministrar el
material didáctico..." Art.4.-) " Ambas partes apoyarán
institucionalmente, con los medios que se convengan en cada caso, la
difusión de las actividades docentes que en conjunto sean
acordadas"....Art.5.)...Art.6.-) ....".Fdo. Dra. MARIA LUISA
LUCAS : Presidenta - Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del
Chaco; José María Cier: Presidente - Fundación Libra.- |
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Resolución
N: 431 de fecha 24/05/96.- |
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VISTO:
La Resolución N: 237 del 16/04/96 y; CONSIDERANDO: Que por dicha
resolución se establece como Experiencia Piloto al Juzgado Civil y
Comercial N: 1 y a la Defensoría Civil N: 8, ambos de esta ciudad, para
la selección de los juicios o casos que se consideren mediables a fin de
su derivación al procedimiento de mediación. Que el propósito de dicha
derivación es la experimentación de las pasantías esenciales para la
obtención del Certificado Habilitante de Mediador con el cual se finaliza
el curso de capacitación y entrenamiento de Mediador dictado por la
Fundación Libra y organizado por este Superior Tribunal de Justicia. Que
para el cumplimiento de tal objetivo es necesario contar con cantidad
suficiente de casos reales que se consideren mediables. Que en virtud de
ello, es imprescindible , ampliar la Resolución N : 237 dictada por este
Alto Cuerpo con fecha 16/04/96, autorizando al Centro de Mediación a
recibir conflictos o disputas para ser resueltos en forma pacífica por el
Instituto de la Mediación, ya sea con casos judiciales en trámite en
otros juzgados distintos al de la experiencia piloto, como de otras
Defensorías, siempre que las partes de un caso, y sus abogados, si los
hubiere, manifiesten ante el Juzgado o Defensorías su conformidad de
someter el conflicto al procedimiento de la mediación a los fines
indicados en la Resolución N: 237. Por ello, EL SUPERIOR TRIBUNAL E
JUSTICIA, RESUELVE: I. AMPLIAR la resolución N: 237 del 16/04/96,
AUTORIZANDO AL CENTRO DE MEDIACIÓN - ANEXO A LOS TRIBUNALES a recibir
conflictos o disputas judiciales en trámite en otros juzgados, distintos
a los designados para la experiencia piloto como también de otras
Defensorías, siempre que las partes de un caso, y sus abogados, si los
hubiere, manifiesten ante el Juzgado o Defensoría su conformidad de
someter el conflicto al procedimiento de Mediación. II. La presente forma
parte integrativa de la resolución antes mencionada. III. REGISTRESE y
Notifíquese. Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta; EDUARDO OMAR
MOLINA,AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA , ALBERTO MARIO MODI:
Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia". |
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Resolución
N: 666 de fecha 16/07/96. |
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VISTO:
Que las resoluciones dictadas por el Superior Tribunal de Justicia N: 13
del 11/01/96, N: 37 del 15/02/96, N: 237 del 16/ 04/96 y N: 431 del
25/05/96...Que mediante dichas resoluciones se creó el Centro de
Mediación anexo al Poder Judicial donde en el marco de la experiencia
piloto, los Juzgados y Defensorías en la Provincia están derivando casos
que se tramitan ante sus estrados a fin de permitir que se realicen las
pasantías necesarias para la habilitación como mediadores a los
profesionales universitarios que cumplieron los requisitos de cursos
introductorios y entrenamientos, exigidos por el Ministerio de Justicia de
la Nación ...EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, RESUELVE: I.- AVANZAR con
los cursos de capacitación y perfeccionamiento de mediadores organizados
por el Superior Tribunal de Justicia ....III.- HABILITAR por Secretaría
de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia un registro de
mediadores egresados del Centro de Mediación - anexo al Poder
Judicial..." Fdo.Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta; EDUARDO O.
MOLINA, AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA, ALBERTO MARIO MODI:
Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia". |
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Resolución
N: 726 de fecha 07/08/96.- |
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VISTO:
................., y; CONSIDERANDO: ........ Que no obstante la
postergación del dictado de cursos, es imprescindible realizar el acto de
entrega de diplomas a los primeros mediadores egresados del Centro de
Mediación, servicio conexo al Poder Judicial, que han concluído
satisfactoriamente las pasantías en el mes de junio próximo pasado, y
que a la vez son mediadores inscriptos en el Registro del Ministerio de
Justicia de la Nación, de acuerdo el convenio de homologación suscripto
entre ese Ministerio y la Fundación Libra, que tuvo a su cargo el dictado
de los cursos.-
Que
para dicho acto se fija el día 23 de agosto próximo a las 18 hs., con
invitación a las autoridades nacionales, provinciales y municipales, así
como a los Colegios Profesionales del medio y autoridades y docentes de la
Fundación Libra.- Por ello, EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, RESUELVE:
I) ......... II) DISPONER: la entrega de Diplomas a los Mediadores que
concluyeron satisfactoriamente las pasantías en el Centro de Mediación,
servicio conexo al Poder Judicial, en el marco de la Experiencia Piloto,
en acto público a llevarse a cabo en el Salón Auditorio del Superior
Tribunal de Justicia, el día 23 de agosto del corriente año, a las 18
hs.- III) REGISTRESE y notifíquese.- Fdo. Dra. MARIA LUISA LUCAS:
PRESIDENTA; Dr. AQUILES HERNAN SOTELO, Dr. GUILLERMO E. MENDOZA, Dr.
ALBERTO MARIO MODI: Jueces Y Dr. JORGE ROBERTO AMAD: Secretario de
Superintendencia.-
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Resolución
N: 787 de fecha 21/08/96. |
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Se
resuelve: III.- Inscribir en el Registro de Mediadores...la lista correcta
de la siguiente manera; doctores: 1) SILVANA ALBARRAN; 2) FEBE ANZOATEGUI
CICUTA; 3) MARTA BEATRIZ AUCAR DE TROTTI; 4) CATALINA FLORA BARTEK; 5)
AURELIA BENITEZ DE DUARTE; 6) MARIA LAURA BIEBER DE ESTIGARRIBIA; 7)
BEATRIZ C. MARIA CONTRERAS; 8) MARIA LAURA ESTIGARRIBIA BIEBER; 9) NORMA
BEATRIZ FACAL DE MARCHI; 10) ANIBAL FARIAS SOLIMANO; 11) CARLOS EDUARDO
FELDMANN; 12) MIGUEL ARMANDO GARRIDO; 13) ALEXIS JOVANOVICH; 14) CELIA
JUDCHAK DE KATZ; 15) AMANDA E. KEES; 16) ELBA MIRTA LOPEZ; 17) DORA LOZINA
DE SOTELO; 18) MARIA LUISA LUCAS; 19) ANA HERMOSINA MARTI GARRO; 20)
ESTEBAN DANIEL MARTINEZ; 21) DANIEL MARTINEZ ZAMPA; 22) MARIA CRISTINA
MEISTER; 23) NORMA ESTER MONTENEGRO; 24) PEDRO OSCAR OJEDA; 25) FRESIA
DAICY PEDRINI DE SERRANO; 26) DELIA DEL CARMEN RAMOS; 27) MARIA ANDREA
RANO; 28) ABEL DAVID ROBLES; 29) EDUARDO CAMILO SCHANTON; 30) MARIA
CRISTINA SCOLARI; 31) MERCEDES ITATI SOTELO DE STORI; 32) JORGE DANIEL
SUDAR; 33) MARTA TRAMALLINO DE GUINEA; 34) EDUARDO ITATI VARELA LOPEZ; 35)
SILVIA VARELA, y las licenciadas en Trabajo Social: 36) TERESA MARIA
FEDRIZZI; 37) LIDIA MIRIAM CORDEIRO; 38) SARA MANEVY DE LUQUE; 39) BEATRIZ
VIVIANA TUNIK. IV. Registrese y notifíquese ." Fdo.Dres. MARIA LUISA
LUCAS: Presidenta; EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO E.
MENDOZA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de
Superintendencia".- |
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Acuerdo
N: 2523 de fecha 12/02/97. |
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DECIMO
TERCERO: "...ACORDARON: Ratificar las funciones de Coordinadora que
venía ejerciendo la señora Ministra del Alto Cuerpo Dra. María Luisa
Lucas, entre la Universidad Católica Argentina de Santa Fe y este
Superior Tribunal de Justicia; en lo referente al curso de Post- Grado -
Doctorado en Ciencias Jurídicas que se dicta en esta ciudad, como así
también lo referente a la coordinación sobre los cursos relacionados con
Mediación y Centro de Mediación conexo al Poder Judicial, facultándola
para que continúe ejerciendo dichas funciones..." Fdo. Dres. ALBERTO
MARIO MO0DI: Presidente Subrogante; EDUARDO O. MOLINA, MARIA LUISA LUCAS,
GUILLERMO E. MENDOZA: Jueces; JORGE E. O. CANTEROS: Procurador General;
JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia".- |
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Acuerdo
N: 2544 de fecha 02/07/97. |
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DECIMO
SEXTO: "... ACORDARON: Aprobar la exposición de motivos y Proyecto
de Ley sobre Resolución Alternativa de Disputas, remitiendo al señor
Presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, las
presentes actuaciones para su conocimiento y consideración. Fdo. Dres.
ALBERTO MARIO MODI: Presidente; MARIA LUISA LUCAS, GUILLERMO E. MENDOZA:
Jueces; JORGE E. O. CANTEROS: Procurador General; JORGE R. AMAD:
Secretario de Superintendencia". |
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Resolución
N: 53 de fecha 12/02/98. |
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VISTO...y,
CONSIDERANDO: "...Que el Poder Judicial Provincial es pionero en la
instrumentación de la Mediación, mediante el Centro de Mediación,
mediante el Centro de Mediación ...EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA,
RESUELVE: I.- Auspiciar el Simposio sobre Mediación Comunitaria..."
Fdo.Dres. EDUARDO O. MOLINA: Presidente; MARIA LUISA LUCAS, ALBERTO MARIO
MODI, GUILLERMO E. MENDOZA, RAMON RUBEN AVALOS: Jueces; JORGE R. AMAD:
Secretario de Superintendencia". |
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Resolución
N: 1277 de fecha 17/12/98. |
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Se
resuelve: " I.- Inscribir en la nómina del Registro de Mediadores
del Superior Tribunal de Justicia, con el número de inscripción que a
continuación se detalla, a los siguientes participantes: 40) C.P.N. MARIA
ESTER SALAZAR; 41) Dr. RICARDO ARIEL GONZALEZ ZUND; 42) C.P.N. JOSE MANUEL
VARELA; 43) Dra.MARIA ESTER ANADON IBARRA; 44)Dra. YOLANDA LUCIANA
URRUTIA; 45) Dra. MARIA GRACIELA LLUDGAR; 46) Dra. RAQUEL ELISA JAJAM.
II.- Poner en nota de inscripción en cada uno de los diplomas y hacer
entrega a los peticionantes. III.- Regístrese y comuníquese."
Fdo.Dres.EDUARDO O. MOLINA: Presidente; MARIA LUISA LUCAS, ALBERTO MARIO
MODI, RAMON RUBEN AVALOS, RICARDO FERNANDO FRANCO:Jueces; JORGE R.
AMAD:Secretario de Superintendencia". |
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Resolución
N: 690 del 11/09/99. |
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Se
resuelve: I.- Proponer al Poder Legislativo de la Provincia del Chaco la
modificación parcial del art. 18 de la Ley Provincial N: 4498,el que
quedará redactado de la siguiente forma: " Art. 18: Mediación
Gratuita : Créase el Centro Público de Mediación - como servicio conexo
al Poder Judicial, el que prestará el servicio previsto en la presente
Ley, en forma gratuita. A tal efecto recibirá la derivación de los
procesos judiciales cualquiera fuera su etapa procesal. En dicha
oportunidad el Juez o Defensor podrá remitir los mismos al Centro
Público de Mediación o a alguno de los mediadores inscriptos en el
Registro de Mediadores del Superior Tribunal de Justicia. También podrá
cumplir funciones de capacitación de mediadores, investigación,
asistencia técnica y apoyo a los programas de entrenamiento de
mediadores. II REMITIR la presente a la Cámara de Diputados para su
consideración. III. Registrar, comunicar y archivar". Fdo. Dres.
ALBERTO MARIO MODI: Presidente, RAMON RUBEN AVALOS, MARIA LUISA LUCAS,
RICARDO FERNANDO FRANCO, EDUARDO O. MOLINA: Jueces; JORGE R. AMAD:
Secretario de Superintendencia". |
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RESOLUCION
Nº 887 del 20-09-99.- |
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VISTO :
La solicitud de inclusión en la nomina del Registro de Mediadores del
Superior Tribunal de Justicia, de la Dra. Mabel A. del Rosario Fariz,
conforme lo dispuesto en Resolución Nº 666 del 11-07-96 y
CONSIDERANDO : .......... Por ello el Superior Tribunal de Justicia
RESUELVE : I) INSCRIBIR en la nomina del Registro de Mediadores del
Superior Tribunal de Justicia, con número de inscripción 47, a la Dra.
Mabel A. del Rosario Fariz (D.N.I. Nº 10.335.305). II) ............ III)
REGISTRAR y comunicar. Fdo. Dres. ALBERTO MARIO MODI : PRESIDENTE,
RAMON RUBEN AVALOS, MARIA LUISA LUCAS, RICARDO F. FRANCO, EDUARDO O.
MOLINA : JUECES ; JORGE ROBERTO AMAD Secretario de
Superintendencia.- |
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Resolución
N: 1096 del 08/11/99. |
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Visto:.....EL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, Resuelve: I. APROBAR el Reglamento del
Registro de Mediadores de la Provincia del Chaco, que en anexo integra la
presente resolución, e incorporarlo como Capítulo XXVIII del Reglamento
Interno del Poder Judicial, el que se pondrá en vigencia a partir del
primero (1ro.) de febrero del año 2000....DISPOSICIONES GENERALES....DEL
CENTRO PUBLICO DE MEDIACION. Art. 16.- Para la atención de los casos que
concurran al Centro de Mediación, se procederá a designar por sorteo al
mediador de la nómina de mediadores registrados ante el Poder Judicial.
El mediador desinsaculado no integrará la lista de sorteo hasta tanto no
hayan sido designados la totalidad de los registrados, que hubieren
manifestado en forma expresa su voluntad de participar en el procedimiento
de mediación a llevarse a cabo en el Centro Público de Mediación. Fdo.
Dres.ALBERTO MARIO MODI: Presidente, RAMON RUBEN AVALOS, MARIA LUISA
LUCAS, RICARDO FERNANDO FRANCO, EDUARDO O. MOLINA: Jueces; JORGE R. AMAD:
Secretario de Superintendencia". |
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DISPOSICIÓN
N: 32/00 de fecha 07-04-00 del MINISTERIO de JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS
de la NACIÓN.- |
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VISTO:
La presentación realizada por "CENTRO DE FORMACIÓN DE MÉTODOS
ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - CHACO" a esta Dirección
Nacional para su habilitación como institución formadora en mediación
y, CONSIDERANDO: Que la mencionada institución cumple con los requisitos
establecidos por la Resolución M. J. N: 284/98, en cuanto a garantizar la
capacitación idónea de los mediadores que prescribe la Ley N: 24573.-
Que la suscripta cuenta con las facultades necesarias para el dictado de
la presente de conformidad con lo establecido por el Art. 17 inciso (d)
del anexo I del Decreto N: 91/98 y el Art. 3ro. De la Resolución M. J. N:
284/98.-
POR
ELLO, LA DIRECTORA NACIONAL DE MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS, DISPONE: ARTICULO 1) HABILÍTESE con el N: 147 (ciento cuarenta
y siete) del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación, a CENTRO
DE FORMACIÓN DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - CHACO
-, por haber cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución M.
J. N: 284/98.- Fdo. Dra. ESTER RIESEL - Directora - Dirección Nacional de
Medios Alternativos de Resolución de Conflictos.- |
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ACUERDO
Nº 2690 del 12-07-00 |
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TESTIMONIO :
".......... DECIMO : Dra. María de las Mercedes Vizcaya,
Abogada, solicita inscripción en el Registro de Mediadores. Dra. María
Luisa Lucas Ministra del Superior Tribunal de Justicia, Coordinadora del
Centro de Mediación, informa que la Dra. Vizcaya ha cumplimentado con las
pasantías requeridas de acuerdo al Reglamento del Registro de Mediadores
conforme al artículo 2º y está abonando el costo de las mismas ;
en consecuencia corresponde su inscripción en dicho Registro.
ACORDARON : Inscribir en la nómina del Registro de Mediadores del
Superior Tribunal de Justicia, con número de inscripción 48, a la Dra.
María de las Mercedes Vizcaya (D.N.I. Nº : 13.719.471). Fdo. Dres.
RAMON RUBEN AVALOS : PRESIDENTE ; MARIA LUISA LUCAS, RICARDO F.
FRANCO, EDUARDO O. MOLINA, ALBERTO MARIO MODI : JUECES ; JORGE
E. O. CANTEROS : Procurador General ; JORGE R. AMAD :
Secretario de Superintendencia.- |
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Acuerdo
N: 2704, de fecha 01/11/00. |
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PUNTO
UNDECIMO: Opinión de los señores Ministros con referencia al informe de
la señora Ministra del Superior Tribunal de Justicia, Coordinadora del
Centro de Mediación, Dra. María Luisa Lucas sobre los trámites
realizados ante el Ministerio de Justicia de la Nación y Derechos
Humanos, a fin de obtener la asistencia técnica del Ministerio, para el
Centro de Mediación - Conexo al Poder Judicial u otro organismo similar,
que tuviera las funciones de capacitación de Mediadores, investigación y
apoyo a los programas de entrenamiento para los mismos; y donde adjuntara
fotocopia de la Disposición N: 32 de fecha 07/04/00, de la Dirección
Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, por la que
se habilita con el número 147 del Registro de Instituciones Formadoras en
Mediación, al Centro de Formación de Métodos Alternativos de
Resolución de Conflictos - Chaco, por haber cumplido con los requisitos
establecidos en la Resolución M. J. N: 284/98; que fuera pasada a estudio
por Acuerdo N: 2679, punto 15to.,de fecha 26/04/00. ACORDARON: Tomar
conocimiento de los trámites y gestiones sobre los que informa la señora
Ministra Dra. María Luisa Lucas, dando entera conformidad a los mismos,
como así en lo que refiere a la habilitación en el Registro de
Instituciones formadoras en Mediación. Fdo. Dres. RAMON RUBEN
AVALOS:Presidente; MARIA LUISA LUCAS, RICARDO FERNANDO FRANCO, EDUARDO
OMAR MOLINA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE E. O. CANTEROS:Procurador
General; JORGE ROBERTO AMAD: Secretario de Superintendencia".- |
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CONVENIO
entre el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y el Superior
Tribunal de Justicia del Chaco de fecha 28/04/00 |
|
En
Buenos Aires a los 28 días del mes de abril de 2000, entre el Colegio
Público de Abogados de la Capital Federal representado por su presidente
Dr. Jorge A. Bacqué y el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia
del Chaco, representado por su presidente el Dr. Ramón Rubén Avalos y la
Dra. María Luisa Lucas en su carácter de Ministra del Superior Tribunal
de Justicia del Chaco y Coordinadora del Centro de Mediación de dicho
Tribunal convienen en formalizar el presente acuerdo de cooperación para
el desarrollo de la Mediación, compartir experiencias en la
implementación de los métodos alternativos de resolución de conflictos
y en la capacitación de mediadores de acuerdo a las siguientes términos:
PRIMERO: El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y el Centro
de Mediación - Conexo al Poder Judicial - prestarán los servicios de sus
respectivas Escuelas de Mediación para proseguir en la formación,
capacitación continua y especialización de mediadores. SEGUNDO: La
Escuela de Mediación del Colegio Público de Abogados de la Capital
Federal , en su carácter de entidad formadora de mediadores reconocida
por el Ministerio de Justicia de la Nación, y el Superior Tribunal de
Justicia conforme al convenio de cooperación firmado en 1995 con el
citado Ministerio asistirán profesionalmente con sus cuerpos de docentes
al efecto de lo expresado precedentemente. TERCERO: El Superior Tribunal
de Justicia de la Provincia del Chaco convendrá con el Colegio Público de
Abogados de la Capital Federal en cada oportunidad, la forma más adecuada
para el cumplimiento de las actividades de los docentes de sus respectivas
Escuelas de Mediación. CUARTO: El Colegio Público de Abogados de la
Capital Federal proporcionará el material didáctico para ser distribuido
por el Superior Tribunal de Justicia a su costo, y oportunamente,
extenderá en forma conjunta con éste, los certificados del caso. En
prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor. Fdo. Dr.
Jorge A. Bacqué: Presidente Colegio Público de Abogados de la Capital
Federal, Dr.Ramón Rubén Avalos : Presidente - Superior Tribunal de
Justicia del Chaco y Dra. María Luisa Lucas: Ministra - Superior Tribunal
de Justicia del Chaco y Coordinadora del Centro de Mediación - Conexo al
Poder Judicial. |
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RESOLUCIÓN
N: 963 DEL 12-09-00 |
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VISTO:
La normativa del sistema de mediación, establecida en la Ley Provincial
N: 4498/98; la reglamentación del Registro de Mediadores (Resolución N:
1096/99) y la Habilitación del Centro de Formación de Métodos
Alternativos de Resolución de Conflictos otorgada por Disposición N:
32/00 de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de
Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.-
CONSIDERANDO: Que las citadas normas disponen que el Registro de
Mediadores estará a cargo del Superior Tribunal de Justicia, como así
también su habilitación a través de la Secretaría de Superintendencia
u órgano competente que se designe. Que es necesario disponer el
procedimiento para cumplimentar las distintas etapas de inscripción y
habilitación de los mediadores. Que dicho procedimiento deberá
contemplar la situación de los mediadores que se encuentran ya inscriptos
en la nómina que obra en Secretaría de Superintendencia del Superior
Tribunal de Justicia llevada al efecto. Que para el trámite de
inscripción de los mediadores, deberá el Centro de Mediación - conexo
al Poder Judicial informar sobre el cumplimiento de los requisitos
exigidos por el Art. N: 6 de la Ley N: 4498/98 y Reglamentación del
Superior Tribunal de Justicia, cumplida la misma será resuelta dicha
inscripción por Resolución de Presidencia previa vista al Sr. Procurador
General. Que para cumplimentar el inc., d) del Art. Mencionado, es
imprescindible facultar al Centro de Mediación a practicar las
inspecciones a fin de verificar si las oficinas de los mediadores que
solicitan su inscripción permitan un correcto desarrollo del trámite de
mediación, labrándose para ello el acta respectiva de comprobación. Que
a efectos de adecuarse al Art. N: 18 de la Ley N: 4498 se deberá conferir
al actual Centro de Mediación - conexo al Poder Judicial -, la
asignación de Centro Público de Mediación como servicio conexo al Poder
Judicial. Que la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución
de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación,
habilitado con el N: de 147 del Registro de Instituciones Formadoras en
Mediación, a CENTRO DE FORMACIÓN DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS - CHACO -, por haber cumplido con los requisitos establecidos
en la Resolución M.J. N: 284/98, en cuanto a garantizar la capacitación
idónea de los mediadores (Resolución M. J. N: 32/00). Por todo ello, el
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, RESUELVE: I).- DISPONER por Secretaría de
Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia, el funcionamiento del
Registro de Mediadores de la Provincia del Chaco. II) MANTENER por
habilitados los libros de inscripción y de juramento que obran en la
Secretaría de Superintendencia, con las inscripciones de los 48
mediadores efectuada oportunamente. III) HABILITAR los libros de Registro
de firmas y sello y de sanciones de mediadores. IV) CONFERIR al actual
Centro de Mediación - conexo al Poder Judicial - la asignación de
"Centro Público de Mediación" como servicio conexo al Poder
Judicial. V) EXIMIR a los mediadores (Magistrados y Funcionarios) que
presten funciones en el Poder Judicial de la Provincia del Chaco, de la
disposición de oficinas que prevee el Art. 6to. Inc., d) de la Ley N:
4498. VI) FACULTAR al Centro Público de Mediación a efectuar las
inspecciones mencionadas en los considerandos. VII) REGISTRAR y notificar
. Fdo. Dres. RAMON RUBEN AVALOS: PRESIDENTE, MARIA LUISA LUCAS, RICARDO
FERNANDO FRANCO, EDUARDO OMAR MOLINA, ALBERTO MARIO MODI: JUECES; JORGE R.
AMAD: SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA". |
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Ley
N°4498: LA MEDIACIÓN COMO SISTEMA ALTERNATIVO |
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El
08/07/1998 se sanciona la referida ley, la misma es publicada en el
Boletín Oficial 7371 de fecha 16/12/1998 mediante lo cual
"PROMUEVESE EN LA PCIA. DEL CHACO LA MEDIACIÓN COMO SISTEMA
ALTERNATIVO Y VOLUNTARIO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS, CREASE EL REGISTRO DE
MEDIADORES, CÓDIGO DE ÉTICA, TRIBUNAL DE ÉTICA Y CENTRO PÚBLICO DE
MEDIACIÓN"
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Ley
N°4711: PLAN PROVINCIAL DE MEDIACIÓN ESCOLAR |
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El
18/04/2000 se sanciona la referida ley, la misma es publicada en el
Boletín Oficial 7606 de fecha 25/07/2000 mediante lo cual "CREASE EL
PLAN PROVINCIAL DE MEDIACIÓN ESCOLAR"
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Ley
N°4989: MEDIACIÓN PENAL |
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El
05/12/2001 se sanciona la referida ley, la misma es publicada en el
Boletín Oficial 7833 de 14/01/2002 mediante lo cual se "ESTABLECE EN
LA PROVINCIA DEL CHACO LA MEDIACIÓN PENAL COMO FORMA DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS. DEROGA EL ART.4 INC.A) DE LA LEY 4498"
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LEY
N°5090: SUSPENDE VIGENCIA POR 180 DÍAS APLICACIÓN DE LA LEY4989 |
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El
04/09/2002 se sanciona la referida ley, la misma es publicada en el
Boletín Oficial 7938 de 27/09/2002 mediante lo cual se "SUSPENDE POR
EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA DÍAS LA VIGENCIA DE LA LEY 4989, A PARTIR
DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2002 (ESTABLECE LA MEDIACIÓN PENAL EN LA PROVINCIA
DEL CHACO). *** NOTA: LEY SIN VIGENCIA (PLAZO CUMPLIDO) ***"
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