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Con motivo de
las públicas declaraciones efectuadas en distintos medios locales por la
presidenta del Colegio de Abogados y Procuradores de Resistencia, que son
reiterativas de otras realizadas con anterioridad, por las que se efectúan
denuncias respecto de manifestaciones efectuadas por funcionarios de Lotería
Chaqueña relacionadas con distintas actuaciones judiciales en las que
intervinieron diversos jueces de la provincia, que afectarían la
inviolabilidad y la independencia del Poder Judicial que la Constitución
Provincial les garantiza (artículo 151 de la Constitución Provincial), el
Superior Tribunal de Justicia estima conveniente exhortar al ejercicio
prudente y razonable del derecho constitucional de la libertad de expresión,
por parte tanto de los funcionarios públicos, como de los profesionales del
derecho y de los ciudadanos en general, respecto del ejercicio de la función
judicial
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20
de Junio de 2008 |